Violencia doméstica en la U.S. Militar
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- Mónica Vigil
Violencia doméstica en la U.S. El ejército se ha convertido en un foco para el Departamento de Defensa, ya que la conciencia del problema ha crecido. La violencia doméstica es un problema complicado y cuando involucra a un miembro del servicio, la forma en que se maneja puede ser un proceso complejo y que la víctima puede no entender.
Violencia doméstica que involucra a civiles y miembros del servicio
El papel de los militares en un caso de violencia doméstica depende mucho de si el acusado es miembro del servicio o civil.
Si el abusador es un civil, el ejército no tiene control sobre el asunto. En la mayoría de los casos, todo lo que los militares pueden hacer es entregar información a las autoridades civiles. Los comandantes de instalación tienen el poder de prohibir a los civiles de las instalaciones militares, y ejercerán ese poder para proteger a los miembros militares de los cónyuges abusivos, si es necesario.
Si el abusador es miembro militar, las situaciones de violencia doméstica se manejan en dos pistas separadas: el sistema de justicia militar y el sistema de defensa familiar. Es importante darse cuenta de que estos son dos sistemas separados.
El sistema de defensa familiar
La defensa familiar es un programa de identificación, intervención y tratamiento, no un sistema de castigo. Es completamente posible que el Comité de Defensa de la Familia devuelva un hallazgo de "abuso sustanciado", pero no habrá pruebas legalmente admisibles insuficientes para permitir el castigo bajo las disposiciones de la justicia militar.
Por otro lado, uno debe darse cuenta de que el sistema de defensa familiar no disfruta del derecho de confidencialidad bajo la ley militar (como con capellanes y abogados), y las pruebas reunidas, y las declaraciones realizadas durante las investigaciones de defensa familiar pueden usarse en los procedimientos de justicia militar.
Si los incidentes ocurren fuera de la base, las agencias civiles pueden recibir jurisdicción en el lado legal, pero aún se debe notificar a la defensa familiar. La policía local puede o no denunciar el incidente a los funcionarios base. Los funcionarios del Departamento de Defensa (DOD) están trabajando actualmente para desarrollar memorandos de comprensión con las autoridades de aplicación de la ley civiles para establecer dichos procedimientos de informes.
Regulaciones y respuesta a los informes
Las regulaciones requieren que los funcionarios militares y del Departamento de Defensa denuncien cualquier sospecha de violencia familiar a la defensa familiar, sin importar cuán pequeño. Incluye comandantes, primeros sargentos, supervisores, personal médico, maestros y policía militar.
En muchos casos, al responder a una situación doméstica, el comandante o el primer sargento ordenarán al individuo militar que reside en el dormitorio/cuartel hasta que se complete la investigación de defensa familiar. Puede estar acompañado por una orden de protección militar, que es una orden escrita que prohíbe que el miembro militar tenga algún contacto con la presunta víctima. Muchas bases tienen un sistema de salvaguardia dependiente abusado, donde el primer sargento o comandante puede colocar a los miembros de la familia en un nombre asumido.
Cuando se informa la violencia doméstica a la defensa familiar, la agencia asignará a un trabajador social para evaluar la seguridad de la víctima, desarrollar un plan de seguridad e investigar el incidente. A lo largo del proceso, los defensores de las víctimas se aseguran de que se satisfagan las necesidades médicas, de salud mental y de protección de la víctima. Los funcionarios de defensa familiar también entrevistarán al presunto abusador. El presunto abusador es informado de sus derechos bajo las disposiciones del artículo 31 del Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ) y no tiene que hablar con los funcionarios de investigación si él o ella elige no.
Si el abuso infantil está involucrado, las regulaciones requieren que las agencias locales de protección infantil sean notificadas y participen en el proceso.
Después de la investigación
Después de la investigación, el caso se presenta a un comité multidisciplinario de revisión de casos con representantes del programa de defensa familiar, aplicación de la ley, defensor del juez del personal, personal médico y capellán. El comité decide si la evidencia indica que ocurrió el abuso y llega a uno de los siguientes hallazgos:
Confustiado
Un caso que se ha investigado y la preponderancia de la información disponible indica que se ha producido abuso. Significa que la información que respalda la ocurrencia de abuso es de mayor peso o más convincente que la información que indica que el abuso no ocurrió.
Sospechoso
Una determinación del caso está pendiente de investigación adicional. La duración de una investigación en un caso sospechoso no debe exceder las 12 semanas.
Sin fundamento
Un presunto caso que se ha investigado y la información disponible es insuficiente para respaldar la afirmación de que se produce abuso infantil y/o negligencia o abuso de cónyuge. La familia no necesita servicios de defensa familiar.
Definiciones de abuso del Comité de Defensa de la Familia
Al hacer determinaciones, el comité utiliza las siguientes definiciones de abuso:
Abuso y/o negligencia infantil
Incluye lesiones físicas, maltrato sexual, maltrato emocional, privación de necesidades o combinaciones que dañan o amenazan el bienestar de un niño por parte de un individuo responsable del bienestar del niño. El término abarca los actos y omisiones por parte de una persona responsable.
Un "niño" es una persona menor de 18 años para quien un padre, tutor, padre adoptivo, cuidador, empleado de un centro residencial o cualquier persona que brinde atención fuera del hogar es legalmente responsable. El término "niño" significa un niño natural, un niño adoptivo, hijastra, un niño adoptivo o un barrio. El término también incluye a un individuo de cualquier edad que sea incapaz de auto-soporte debido a una incapacidad mental o física y para quien el tratamiento en un centro de tratamiento militar (MTF) está autorizado.
Abuso de cónyuge
Incluye asalto, agresión, amenaza de herir o matar, otros actos de fuerza o violencia, o maltrato emocional infligido a una pareja en un matrimonio legal cuando uno de los socios es miembro militar o es empleado por el Departamento de Defensa y es elegible para tratamiento en un MTF. Un cónyuge menor de 18 años será tratado en esta categoría.
Según las recomendaciones del comité, el comandante decide qué acción tomar con respecto al abusador. El comandante determina si ordene al individuo al tratamiento y/o busque imponer procedimientos disciplinarios bajo el UCMJ. El comandante también puede tratar de obtener la descarga del miembro del servicio del ejército.
Las víctimas de abuso y la carrera militar de un cónyuge
Las víctimas a menudo dudan en informar el abuso porque temen el impacto que tendrá en la carrera de su cónyuge. Un estudio del Departamento de Defensa encontró que los miembros del servicio reportados por abuso tienen un 23 por ciento más de probabilidades de estar separados del servicio que los no abusadores y algo más probable que tengan otras descargas honorables. La mayoría que permanece en el ejército es más probable que sean promovidos más lentamente que los no abusadores.
Incluso si se maneja un caso de violencia doméstica fuera del sistema civil de la corte penal, la condena penal o incluso un delito menor que involucra violencia doméstica puede poner fin a la carrera militar de un miembro del servicio; La enmienda de Lautenberg de 1996 a la Ley de Control de armas de 1968 hace que sea ilegal para cualquiera que haya sido condenado por un delito menor de violencia doméstica para poseer armas de fuego. La ley se aplica a los agentes de la ley y al personal militar.
Protección para cónyuges y dependientes
Muchos cónyuges militares no saben que la ley federal brinda protección financiera al cónyuge si el miembro es dado de alta por un delito que implica el abuso del cónyuge en el momento o un niño dependiente. No importa si la descarga es una descarga punitiva impuesta por un tribunal marcial o administrativo iniciado por el comandante. La clave es que la razón de la descarga debe ser para un delito de abuso dependiente.
El término "implica el abuso del cónyuge de la corriente o un niño dependiente" significa que el delito penal está en contra de la persona de ese cónyuge o un niño dependiente. Los delitos que pueden calificar como "delitos de abuso dependiente" son los que agresión sexual, violación, sodomía, agresión, agresión, asesinato y homicidio involuntario. (Esta no es una lista exhaustiva o exclusiva de delitos dependientes-abuso, pero se proporciona solo para fines ilustrativos.)
Pagos de víctimas
La duración de los pagos no puede exceder los 36 meses. Si el miembro militar tuviera menos de 36 meses de servicio militar obligado en el momento del alta o imposición de la sentencia de la corte marcial, entonces la duración de los pagos será la duración del servicio obligado del miembro, o 12 meses, lo que sea. mayor que.
Si un cónyuge que recibe pagos se vuelve a casar, los pagos terminan a la fecha del nuevo matrimonio. El pago no se renovará si se finaliza dicho nuevo matrimonio. Si los pagos al cónyuge terminan debido al nuevo matrimonio y hay un niño dependiente que no vive en el mismo hogar que el cónyuge o miembro, los pagos se realizarán al niño dependiente.
Si el miembro militar que cometió el abuso reside en el mismo hogar que el cónyuge o el niño dependiente a quien la compensación se paga de otra manera, el pago finalizará a la fecha en que el miembro comience en dicho hogar.
Si la víctima era un niño dependiente y se descubrió que el cónyuge había sido un participante activo en la conducta que constituye el delito penal o que haya ayudado o impedido activamente al miembro militar en tal conducta contra ese niño dependiente, el cónyuge no se le pagará compensación de transición.
Además de los beneficios de transición, si el miembro militar era elegible para la jubilación y se le negó la jubilación debido al delito penal, el cónyuge aún puede solicitar a un tribunal de divorcio para una división de pago retirado bajo las disposiciones de la protección de los servicios uniformados. Acto, y los militares honrarán los pagos. (Nota: Según esta disposición, dichos pagos terminan al volver a casar).
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