Derechos del propietario y el inquilino en Alabama

Derechos del propietario y el inquilino en Alabama

El estado de Alabama tiene códigos establecidos que tratan los bienes y responsabilidades de los propietarios e inquilinos. Este código se conoce comúnmente como la Ley de propietario y inquilino del propietario y inquilino del uniforme de Alabama.

La Ley permite a los propietarios e inquilinos comprender lo que legalmente se espera de ellos una vez que celebran un contrato de arrendamiento residencial. Aquí hay siete derechos básicos de inquilinos en el estado de Alabama.

Si está interesado en ver el texto original de la Ley de propietarios de propietarios de Alabama, consulte el Código de propietario de Alabama §§ 35-9-1 a 35-9-100 y la Ley de propietario y inquilinos uniformes de Alabama. 101 a 35-9A-603.

El derecho del inquilino de Alabama a la igualdad de oportunidades de vivienda 

Los inquilinos en el estado de Alabama tienen derecho a liberarse de la discriminación en las actividades relacionadas con la vivienda. Sin embargo, a diferencia de la mayoría de los estados, no existe una ley de vivienda justa en todo el estado que proteja específicamente a los inquilinos en Alabama. En cambio, los inquilinos de Alabama deben confiar en la protección bajo la Ley Federal de Vivienda Justa.

La Ley Federal de Vivienda Justa protege a siete clases de personas. Éstas incluyen:

  • Color
  • Discapacidad (física y mental)
  • Estado familiar
  • origen nacional
  • Carrera
  • Religión
  • Sexo

Estas clases están protegidas de la discriminación cuando alquilan una propiedad, intentan comprar una propiedad, mientras viven en la propiedad, o cuando intentan obtener un préstamo u otro financiamiento para una propiedad.

Los propietarios deben tener mucho cuidado de no realizar ninguna acción que pueda considerarse una práctica de alquiler discriminatoria. Los ejemplos de acciones discriminatorias podrían incluir:

  • Declarar en un anuncio de alquiler que las familias con niños no necesitan aplicar, a menos que sea un centro de vivienda para personas mayores designadas.
  • Negarse a hacer adaptaciones razonables para inquilinos con discapacidades.
  • Participar en un aumento de alquiler de represalia en un esfuerzo por obligar a una familia a una unidad debido a su raza.

Depósitos de seguridad de alquiler de Alabama

La sección de acto de propietario de los propietarios de Alabama 35-9A-201-2010 incluye una disposición para el depósito de seguridad. Un depósito de seguridad es una suma de dinero que un propietario puede legalmente cobrar a un inquilino antes de permitir que se muden.

En Alabama, un propietario puede cobrarle a un inquilino un máximo de alquiler de un mes como depósito de seguridad. Sin embargo, el propietario también puede permitirse cobrar un depósito adicional para las mascotas o por los cambios en la unidad.

Además de la cantidad máxima que un propietario puede cobrar como depósito de seguridad, Alabama no tiene muchas otras reglas específicas sobre cómo un propietario debe almacenar el depósito de seguridad de un inquilino. Alabama no requiere una inspección de recorrido antes de que el inquilino se mude y no requiere que el depósito se mantenga en una cuenta separada de intereses.

Alabama requiere que el propietario devuelva la parte del depósito de seguridad del inquilino que se les debe a los 35 días posteriores a la mudanza. Esto debe enviarse a la última dirección conocida del inquilino a través del correo de primera clase.

El derecho del inquilino a retener el alquiler para reparaciones

La ley del propietario-inquilino 35-9A-164; 35-9a-204; 35-9a-401; 35-9a-404 y 35-9a-405 pertenecen a la retención de retención en lugar de reparaciones. Ciertos estados permiten a los inquilinos retener su pago de alquiler hasta que se haya remediado una referencia de reparación o salud y seguridad en su unidad.

Alabama no es uno de esos estados. Un inquilino tiene la responsabilidad de pagar su alquiler a tiempo. El inquilino, sin embargo, tiene derecho a proporcionar un aviso por escrito al propietario que las reparaciones necesarias deben hacerse a la unidad dentro de los 14 días o que el contrato de arrendamiento se rescindirá.

El derecho del inquilino a recibir aviso antes de la entrada del propietario

En Alabama, un inquilino generalmente tiene derecho a recibir un aviso antes de que un propietario pueda ingresar a su unidad de alquiler como se define en las secciones 35-9A-144; 35-9A-303 y 35-9A-442.

En la mayoría de las circunstancias, un propietario debe proporcionar al inquilino al menos dos días de aviso antes de que se le permita la entrada a la unidad del inquilino. Hay ciertas situaciones, como en emergencias o bajo una orden judicial, cuando el propietario no tiene que proporcionar estos dos días de aviso para ingresar.

Un inquilino generalmente debe otorgar el acceso al propietario si el propietario ha dado un aviso adecuado y el propietario está tratando de ingresar a la unidad por una razón legal, como mostrar a la unidad a un posible inquilino o hacer una reparación necesaria.

Derechos de los inquilinos después de represalias del propietario

Las represalias del propietario se juzgan bajo la Sección 35-9A-204; 35-9a-401 (b); 35-9a-407 y 35-9a-501. La conducta de represalia por un propietario nunca se permite. Un ejemplo de una acción de represalia podría ser si un arrendador aumenta el alquiler de un inquilino después de que el inquilino se quejó a la ciudad sobre un posible problema de salud o seguridad.

En Alabama, si un propietario intenta tomar represalias contra un inquilino, el inquilino tiene ciertos derechos. El inquilino podría recibir posesión de la unidad de alquiler si ha sido desalojado ilegalmente o el inquilino puede elegir rescindir el acuerdo de alquiler. En cualquier caso, el inquilino puede recibir hasta tres meses de alquiler de período o daños reales, lo que sea mayor, además de honorarios de abogados razonables.

El derecho del inquilino de Alabama al alquiler de la divulgación

En Alabama, los inquilinos tienen ciertos derechos cuando se trata de revelaciones de alquiler como se define en la sección SEC. 35-9A-161-164 y 35-9A-421. Esto incluye el monto del alquiler mensual, donde se pagará el alquiler y la duración del contrato de arrendamiento.

Un propietario tiene ciertos derechos bajo esta sección si un inquilino no paga el alquiler. El propietario puede proporcionar un aviso por escrito al inquilino que el contrato de arrendamiento del inquilino terminará en siete días si el inquilino no paga el alquiler que deben. Esta sección también incluye los términos que no están permitidos en el acuerdo de alquiler, como hacer que el inquilino pague cualquiera de los honorarios del abogado del propietario.

El derecho del inquilino de Alabama a la divulgación del agente

En Alabama, siguiendo la sección SEC. 35-9A-202 de la ley, un inquilino tiene el derecho legal de conocer el nombre y la dirección comercial del propietario o el agente del propietario. Es la persona que tiene la autoridad para administrar la propiedad, para cobrar el alquiler y recibir y dar avisos y demandas. Se requiere que el propietario revele esta información al inquilino por escrito.