Artículos punitivos del UCMJ - Conducta impropio

Artículos punitivos del UCMJ - Conducta impropio

En el ejército, se espera que los oficiales se comporten como damas y caballeros. La conducta impropia es una regla de Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ) que se agrega fácilmente como un segundo delito si el oficial, el cadete o el guardián agresión). Algunos ejemplos de conducta impropio incluyen lo siguiente:

  • Hacer trampa en una prueba o evento de capacitación
  • Mentira - a sabiendas haciendo una declaración oficial falsa
  • Estar borracho y desordenado en público o en la base
  • Usar un lenguaje insultante o difamatorio a un oficial

Aunque estos no son crímenes que normalmente hacen arrestar a las personas y en problemas con las autoridades civiles, pueden ser crímenes UCMJ que tienen un oficial en tantos problemas con los militares, para que no pueda hacer el próximo rango y ser obligado a abandonar el militar. Si un guardiamarina o un cadete cometen alguno de los crímenes anteriores, es muy poco probable que gradúen su programa de capacitación de oficiales (Academia de servicio, ROTC, OCS). Si un oficial junior, cuáles son los avances normales de 0-1 a 0-2, o 0-2 a 0-3, tiempo dado en el ejército, podría ser lo que evita que un oficial junior haga el próximo rango. Aquí están los detalles del delito de UCMJ: conducir impropia de un oficial.

Texto.

“Cualquier oficial comisionado, cadete o guardiamarina que sea condenado por conducta impropia de un oficial y un caballero será castigado como un tribunal-marcial puede dirigir."

Elementos.

(1) que el acusado hizo u omitió hacer ciertos actos; y

(2) que, bajo las circunstancias, estos actos u omisiones constituyeron conductas impropiantes de un oficial y caballero.

Explicación.

(1) Hidalgo. Como se usa en este artículo, "caballero" incluye oficiales comisionados, cadetes y guardiamarinas hombres y mujeres.

(2) Naturaleza del delito. La conducta violada de este artículo es la acción o el comportamiento en una capacidad oficial que, al deshonrar o deshonrar a la persona como oficial, compromete seriamente el carácter del oficial como caballero, o acción o comportamiento en una capacidad no oficial o privada que, en deshonrar o deshonrar El oficial personalmente, compromete seriamente la posición de la persona como oficial. Hay ciertos atributos morales comunes al oficial ideal y al caballero perfecto, una falta de los cuales está indicado por actos de deshonestidad, trato injusto, indecencia, indecoro, ilegalidad, injusticia o crueldad. No todos son o se puede esperar que cumplan con los estándares morales poco realistas, pero hay un límite de tolerancia basado en las costumbres del servicio y la necesidad militar por debajo del cual los estándares personales de un oficial, cadete o guardiamarina no pueden caer sin comprometer seriamente a la persona. De pie como oficial, cadete o guardiamarina o el personaje de la persona como caballero. Este artículo prohíbe la conducta por parte de un oficial comisionado, cadete o guardiamarina que, teniendo en cuenta todas las circunstancias, se compromete así. Este artículo incluye actos que se castigan con cualquier otro artículo, siempre que estos actos sean un valor de conducir a un oficial y un caballero. Por lo tanto, un oficial comisionado que roba propiedad viola tanto este artículo como el artículo 121. Cada vez que el delito acusado es el mismo que un delito específico establecido en este manual, los elementos de prueba son los mismos que los establecidos en el párrafo que trata ese delito específico, con el requisito adicional de que el acto u omisión constituye una conducta imposible de oficial y caballero.

(3) Ejemplos de delitos. Las instancias de violación de este artículo incluyen hacer una declaración oficial falsa; deshonible no pagar una deuda; engañando a un examen; abrir y leer una carta de otro sin autoridad; usando un lenguaje insultante o difamatorio a otro oficial en la presencia de ese oficial o sobre ese oficial a otras personas militares; estar borracho y desordenado en un lugar público; asociación pública con prostitutas conocidas; comprometer o intentar cometer un delito que involucra turbilidad moral; y fallar sin una buena causa para apoyar a la familia del oficial.

Ofensa menor incluida.

Artículo 80-Attentos

Castigo máximo .

Despido, decomiso de todos los salarios y asignaciones, y confinamiento por un período que no exceda de ese autorizado por el delito más análogo (similar) por el cual se prescribe un castigo en este manual, o, si no se prescribe ninguno, por 1 año.

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Información anterior del Manual para Court Martial, 2002, Capítulo 4, párrafo 59