Implicaciones fiscales para actividades comerciales sin fines de lucro

Implicaciones fiscales para actividades comerciales sin fines de lucro

Aunque las organizaciones 501 (c) generalmente están exentas de impuestos federales y estatales, algunos ingresos pueden estar sujetos a un impuesto especial llamado UBIT (impuesto sobre la renta comercial no relacionado).

Cualquier ingreso de actividades comerciales "relacionadas", o aquellas que ayudan a mantener la misión principal de una organización sin fines de lucro, está exento de impuestos. La actividad comercial no relacionada, sin embargo, puede estar sujeta a UBIT.

La diferencia entre la actividad comercial relacionada y no relacionada

Determinar la diferencia entre los ingresos relacionados con la misión y el ingreso no relacionado puede volverse bastante complicado.

Por ejemplo, un museo ofrece cursos de verano a estudiantes de secundaria en aprecio del arte por una tarifa. Dado que la misión del museo implica educar al público sobre el arte, los ingresos de tales clases probablemente estén exentos de impuestos.

Por otro lado, digamos que el museo publica una revista que conlleva publicidad que no tiene nada que ver con su misión de educación artística y preservación. Los ingresos de esa publicidad pueden considerarse no relacionados y, por lo tanto, imponibles.

El IRS dice que la actividad comercial no relacionada tiene estos tres atributos:

  1. Es un comercio o un negocio,
  2. Se continúa regularmente y
  3. No está sustancialmente relacionado con la promoción del propósito exento de la organización.

Por lo tanto, la venta de hornear una vez en preescolar sin fines de lucro no calificaría para Ubit, pero ejecutar una pizzería al lado probablemente lo haría.

¿Cuánto ingreso comercial no relacionado permite el IRS??

El Servicio de Impuestos Internos no ha sido específico sobre la cantidad de ingresos ganados permitidos por fuentes no relacionadas.

Aunque no existe una limitación porcentual fija para los ingresos comerciales no relacionados, hay dos razones principales por las cuales el ingreso comercial no relacionado plantea preocupación por las organizaciones benéficas públicas y la mayoría de las otras organizaciones exentas bajo la Sección 501 (c) del Código de Rentas Internas (c).

  1. Primero, los ingresos comerciales no relacionados están sujetos a impuestos a la tasa de impuestos corporativos (i.mi., Sujeto a Ubit).
  2. En segundo lugar, una organización exenta no puede participar en una cantidad insustancial de actividad comercial no relacionada sin riesgo de perder su estado exento de impuestos.

El IRS define un "negocio no relacionado" como un comercio o negocio que se lleva a cabo regularmente, y no en su mayor parte relacionado con el propósito exento de la organización.

Un negocio relacionado significa que la actividad generadora de ingresos respalda los fines exentos de la organización y no solo produce ingresos.

Si la actividad produce ingresos o no es el hecho más crucial. Pero lo que importa es si esa actividad respalda la misión o el propósito de la organización.

El análisis de VS relacionado. Las actividades comerciales no relacionadas pueden volverse bastante complejas. Por ejemplo, los artículos individuales vendidos en una tienda de regalos de museo podrían clasificarse de cualquier manera, dependiendo de cualquier cantidad de factores.

Por ejemplo, hay excepciones a la regla bajo la sección 513 (a) del Código de Rentas Internos para ciertas actividades.Incluyen:

  • Actividades administradas por una fuerza laboral voluntaria.
  • Actividades continuadas para la conveniencia de sus miembros, estudiantes, pacientes, funcionarios o empleados.
  • Venta de mercancías donadas.
  • Los ingresos pasivos, como intereses, dividendos, alquileres y regalías, generalmente se excluyen de los ingresos comerciales no relacionados.

Es probable que existan problemas graves bajo las reglas de ingresos comerciales no relacionados para una organización con más del 50% de su ingreso bruto total producido a partir de actividades comerciales no relacionadas. Sin embargo, las regulaciones son imprecisas sobre dónde dibujar la línea por debajo de esa marca del 50%.

Sin una limitación porcentual fija del IRS, los asesores legales a menudo usan varias reglas generales, aunque el 20% es común.

Que ver

Demasiada actividad comercial no relacionada puede incitar al IRS a echar un segundo vistazo a su estado de exención de impuestos 501 (c) (3).Hay algunos pasos que puede tomar para ayudar a prevenir esto.

  • Asegúrese de que su actividad comercial no absorba demasiados recursos del personal o los voluntarios. Siempre tenga en cuenta cuál es su misión. Concentre la mayoría de sus recursos en eso.
  • No permita que los ingresos de empresas comerciales no relacionadas se vuelvan un porcentaje demasiado grande de su ingreso anual total. Se requiere que las organizaciones benéficas públicas obtengan al menos un tercio de sus ingresos del público, como de donaciones o tarifas de programas relacionados con la misión.
  • Presente los formularios de impuestos apropiados si tiene $ 1,000 o más de ingresos brutos de la actividad comercial no relacionada.Debe presentar el Formulario 990-T cuando presente su 990, 990-EZ o 990-PF.

Las organizaciones deben buscar un asesoramiento o experiencia apropiado al participar en actividades comerciales. Si las actividades no cumplen con la definición de un negocio no relacionado o caen bajo una excepción o exclusión, la organización puede tener mucha más flexibilidad en cómo se involucra en tales actividades sin desencadenar ninguna penalización.

Es esencial consultar a su asesor legal y su experto en impuestos antes de saltar a cualquier cosa que pueda desencadenar el UBIT. El IRS proporciona detalles sobre el impuesto sobre la renta comercial no relacionada en su sitio web.

La información contenida en este artículo no es asesoramiento fiscal o legal y no es un sustituto de dicho consejo. Las leyes estatales y federales cambian con frecuencia, y la información en este artículo puede no reflejar las leyes de su propio estado o los cambios más recientes en la ley. Para obtener asesoramiento fiscal o legal actual, consulte con un contador o un abogado.