La diferencia entre la defensa sin fines de lucro y el cabildeo
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- Enrique Ceja
Como organización sin fines de lucro, una gran parte de su trabajo tiene que ver con abogar por su misión o causa. Sin embargo, hay una diferencia entre la promoción y el cabildeo, y decidir entre ellos puede marcar la diferencia en su estado exento de impuestos con el Servicio de Impuestos Internos.
Ya sea que tenga una designación 501 (c) (3) o 501 (c) (4), si su organización promueve el bienestar social y si sus objetivos están principalmente relacionados con el servicio o motivados políticamente, puede tener un impacto en cómo la defensa y el cabildeo Afectar a su organización y su misión.
Sintiéndose un poco abrumado por estos términos? Aquí hay información que puede ayudarlo a decidir si abogar o presionar a su organización sin fines de lucro.
¿Qué es la defensa sin fines de lucro??
La defensa hace que su voz se escuche sobre los problemas más estrechamente relacionados con el propósito o la misión de su organización. Abogar por su misión puede incluir:
- Contactar a su ciudad, representantes estatales y federales para explicar su misión y compartir información sobre el trabajo que está haciendo.
- Invitando a representantes o miembros de la comunidad a visitar su sitio o participar en sesiones informativas sobre su organización.
- Creación de un correo electrónico o una campaña de redes sociales para compartir información y promover eventos, proyectos o iniciativas.
Por lo general, la defensa sin fines de lucro lleva mucho tiempo. Es un esfuerzo continuo para involucrar a representantes, encargados de formular políticas, la comunidad, los donantes y otras partes interesadas. Se trata más de la educación y la promoción de los servicios que tratar de hacer un cambio legislativo particular.
Todas las organizaciones sin fines de lucro pueden utilizar la promoción para ayudar a promover sus objetivos, independientemente del estado exento de impuestos o la designación del IRS.
¿Qué es el cabildeo sin fines de lucro??
El cabildeo apoya o se opone a una legislación específica, regulación o candidato o funcionario. El personal o los voluntarios pueden trabajar para influir en la legislación o los legisladores en nombre de la organización, o una organización puede solicitar apoyo público sobre un tema específico. Los tipos de legislación que las organizaciones sin fines de lucro con frecuencia presionan a favor o en contra incluyen:
- Leyes
- Resolución
- Nominaciones
- Iniciativas
- Propuestas
- Referéndums
Los esfuerzos de cabildeo tienen lugar con mayor frecuencia justo antes de una votación. Sin embargo, algunas organizaciones presionan en apoyo de una legislación específica, mucho antes de que los legisladores o el público lo voten. Para muchas organizaciones sin fines de lucro, el cabildeo educa a sus donantes sobre una legislación específica que puede beneficiar o dañar al público, la misión de la organización sin fines de lucro o sus constituyentes.
La línea entre el cabildeo y la defensa puede ser difícil de navegar, especialmente si su organización sin fines de lucro es nueva en este tipo de compromiso. Como regla general, puede ser mejor no presionar como una organización sin fines de lucro. Demasiado cabildeo podría despojar a una organización de su estado exento e incluso ganar una multa.
Si bien los esfuerzos de cabildeo pueden ser una parte productiva y esencial de las operaciones de su organización, puede que no valga la pena depender de su estado exento de impuestos o los objetivos principales de su misión. Si es una organización 501 (c) (3) o 501 (c) (4), comprender estas designaciones puede ayudarlo a determinar cómo debe manejar los esfuerzos de promoción y cabildeo.
501 (c) Designaciones: cabildeo y defensa
Las designaciones 501 (c) son para tipos específicos de organizaciones sin fines de lucro exentas de impuestos. Registrarse como una organización 501 (c) permite que las organizaciones sin fines de lucro estén exentas de algunos impuestos federales. Como ya saben las organizaciones sin fines de lucro, esta designación debe protegerse a través de informes precisos y una gestión adecuada para mantenerse exenta.
Hay numerosas categorizaciones 501 (c) bajo la U.S. Código de resultados internos, pero dos de los más comunes son los tipos de organización 501 (c) (3) y 501 (c) (4). Estos grupos son los que tienen más probabilidades de verse afectados por las reglas en torno al cabildeo.
501 (c) (3)
La designación 501 (c) (3) se aplica a las organizaciones que tienen fines religiosos, caritativos, científicos, literarios o educativos. Este estado permite a las organizaciones reducir sus impuestos federales, y los impuestos estatales y locales, en algunos casos. También permite a sus donantes posiblemente deducir contribuciones por sus impuestos, aunque esto está sujeto a cambios con las nuevas leyes fiscales. Las organizaciones 501 (c) (3) deben proporcionar informes anuales, incluidas las declaraciones de impuestos (990), al público.
Por ley, 501 (c) (3) designados no pueden participar en ninguna campaña política o actividades relacionadas. Violar esa regla puede resultar en una pérdida de estado. Hay una pequeña escapatoria que permite a las organizaciones benéficas públicas participar en esfuerzos de cabildeo para afectar la legislación, aunque el dinero gastado en estas actividades no puede ser una "parte sustancial" del presupuesto de la organización, de acuerdo con el Servicio de Impuestos Internos. Por lo general, esto significa que no más del 20 por ciento del presupuesto operativo puede ir a cabildear.
Línea de fondo: Como 501 (c) (3), puede abogar por su organización o misión, pero no puede participar directamente en los esfuerzos de cabildeo político.
501 (c) (4)
La designación 501 (c) (4) se aplica a las organizaciones de bienestar social y tiene sus propias reglas con respecto a las exenciones fiscales y el cabildeo político. Las contribuciones a un 501 (c) (4) generalmente no son deducibles de impuestos por donantes.
A diferencia de una organización 501 (c) (3), una organización 501 (c) (4) poder Participe en actividades políticas y campañas, siempre que los fondos que usan representan menos de la mitad de su presupuesto total. Sus contribuciones no se pueden dar directamente a ningún candidato. La captura aquí es que estos esfuerzos no son deducibles y son imponibles por el IRS. Además, su enfoque principal aún debe estar en su misión de bienestar social fundamental, no en los esfuerzos de cabildeo.
También puede marcar la diferencia si un lobbies 501 (c) (4) para legislación o un candidato. El cabildeo para el cambio legislativo es mucho menos restringido que el cabildeo para candidatos específicos. El cabildeo para los candidatos puede ser posible, siempre y cuando el dinero de la organización va a fondos que no están directamente vinculados a la campaña del candidato.
Para presionar a los miembros de la Cámara de Representantes de los Estados Unidos o el Senado, las organizaciones deben registrarse en la oficina del Secretario o el Secretario del Senado, respectivamente. 501 (c) (4) Las organizaciones también deben contar a sus miembros sobre cuánto de sus gastos se asignarán para el cabildeo y las actividades de campaña, o pagar un impuesto de representación al IRS.
Línea de fondo: Un 501 (c) (4) puede participar directamente en campañas políticas o cabildeo, pero las contribuciones están sujetas a limitaciones y no son deducibles de impuestos.
Siguiendo las reglas
No importa qué designación tenga su organización sin fines de lucro, lo más importante es seguir las reglas del IRS. Puede haber mucha área gris con respecto a estas prácticas, e incluso un poco de subjetividad en algunas de las propias regulaciones. Es por eso que siempre es el mejor interés de una organización sin fines de lucro tomar todo el tiempo y la atención que puedan para garantizar que no están presionando inadvertidamente ningún límite o rompiendo ninguna regla.
El cabildeo y la defensa son excelentes estrategias para ayudar a promover los objetivos de una organización sin fines de lucro. Sin embargo, existe cierto riesgo si la defensa cruza la línea en cabildeo, o si el cabildeo excede los límites legales, lo que podría conducir a una pérdida de estado exento de impuestos. Perder su estado 501 (c) puede causar problemas significativos para su organización, incluida la pérdida de financiación de los donantes necesarias para mantener las puertas abiertas.
Hable con su asesor legal y asesor financiero o preparador de impuestos antes de tomar cambios o decisiones significativas con respecto a su estado fiscal o esfuerzos de cabildeo. También asegúrese de que usted, su personal y sus voluntarios sigan cumpliendo con todas las regulaciones federales y fiscales.
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