Jubilación anticipada de la Guardia Nacional y las reservas
- 1975
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- Amalia Camarillo
Los miembros de la Guardia Nacional y la Reserva pueden retirarse después de haber realizado 20 o más años de servicio militar acreditable. El servicio activo reduce la edad de jubilación por tres meses por cada 90 días atendidos. Para algunos miembros de la Guardia y las Reservas, eso podría significar comenzar el pago retirado hasta los 50 años, pero no antes.
Sin embargo, la ley no cambia la elegibilidad para los beneficios médicos militares. Para recibir beneficios médicos de jubilados militares, el miembro aún debe esperar hasta los 60 años.
Según la nueva ley, los miembros de la Guardia Nacional y las reservas pueden reducir la edad en la que son elegibles para recibir el pago de jubilación en tres meses por cada período acumulativo de 90 días en servicio activo en cualquier año fiscal.
Servicio de servicio activo que califica para la jubilación anticipada
El tiempo de servicio más activo califica. Esto incluye movilización involuntaria, servicio activo voluntario, capacitación, tareas de apoyo operativo y asistencia a escuelas militares. También incluye tratamiento médico o evaluación de discapacidad o estudios médicos.
Sin embargo, algunos períodos de servicio activo no. El tiempo de servicio activo que no califica bajo el programa incluye:
- Ejercicios de fin de semana
- Entrenamiento anual de dos semanas
- Mientras está en estado cautivo
- Como miembro no asignado, o participando satisfactoriamente en unidades
- Programas de guardia/reserva a tiempo completo, como AGR o TAR
- Para disciplinarios/tribunales marciales
- Para el deber de reuniones
También se incluye el deber de la Guardia Nacional a tiempo completo atendidos bajo un llamado al servicio activo por un gobernador y autorizado por el Presidente o el Secretario de Defensa, con fines de responder a una emergencia nacional declarada por el Presidente o una emergencia nacional respaldada por Federal fondos.
Solo el tiempo de servicio activo realizado como miembro del recuento de Guardia/Reservas. En otras palabras, si un miembro se unió al servicio activo durante cuatro años, salió y se unió a la guardia o reservas, el tiempo de servicio activo no cuenta para obtener la jubilación anticipada. Sin embargo, cuenta al calcular los puntos de jubilación.
El monto del pago de jubilación recibido se basa en un sistema de puntos ganados para guardia/reserva y servicio de servicio activo realizado durante sus carreras.
Ejemplo de créditos de servicio activo de jubilación temprana
Un reservista realizó cinco días de servicio de servicio activo en pedidos de MPA en febrero de 2017. Luego se ofreció como voluntario para el servicio activo a partir del 1 de junio y terminando noviembre. 30 (licencia, reconstitución y posterior a la ausencia de respiración de movilización incluida, según corresponda). El reservista realizó un total de 127 días de servicio de servicio activo en el año fiscal 2017 y 61 días en el año fiscal 2018.
En este escenario, todo el tiempo de servicio activo que realizó el reservista podría acreditarse hacia la reducción de la elegibilidad de la edad de jubilación porque era tiempo de servicio activo realizado en circunstancias permitidas bajo la ley.
Sin embargo, debido a que el tiempo acreditado debe totalizar 90 días o debe estar en múltiplos de 90 días en conjunto durante un año fiscal para reducir correspondientemente su edad de jubilación en tres meses, o múltiplos de tres meses, el reservista podrá reducir su Edad de jubilación por tres meses para el año fiscal 20'7.
Si hubiera realizado 53 días más de servicio de servicio activo después de Jan. 28 y antes de estar en servicio activo el 1 de junio, habría acumulado 180 días totales para el año fiscal 2017 y, por lo tanto, podría reducir su edad de jubilación a los seis meses.
Del mismo modo, debido a que el reservista hasta ahora ha servido en servicio activo 61 días en el año fiscal 2018, debe realizar 29 días adicionales de servicio de servicio activo en algún momento durante el año para reducir su edad de jubilación en tres meses adicionales.