¿Cuál es la edad de jubilación mínima de Fers??

¿Cuál es la edad de jubilación mínima de Fers??

El Sistema Federal de Retiro de Empleados (FERS) tiene una edad mínima de jubilación que es inferior a 65. Esta edad mínima de jubilación establece la edad más joven en la que un empleado federal puede retirarse si tiene suficientes años de servicio. La edad exacta puede variar para el año del nacimiento de un empleado.

Edad mínima de jubilación

La edad mínima de jubilación (MRA) para empleados elegibles es de 57 para cualquier persona nacida en 1970 o posterior. La edad mínima de jubilación más baja es 55 para los trabajadores nacidos antes de 1948, y 56 para trabajadores nacidos en 1963 o 1964. Todos los trabajadores nacidos en 1963 o antes habrán alcanzado la edad mínima de jubilación antes de 2019 (o por su fecha de nacimiento en 2019 si nacieron en 1963). Para los nacidos después de 1964, se agregan dos meses a la ARM para cada año hasta 1970.

Cómo se calcula la elegibilidad de jubilación federal

Al igual que muchos sistemas de jubilación, Fers utiliza la "regla de 80."Esto establece que un empleado debe alcanzar los 80 años combinados al agregar edad y el servicio federal para ser elegible para la jubilación.

Digamos que un empleado comienza el servicio federal justo después de la universidad a los 22 años. Después de 29 años de servicio, alcanzan los 51 años. El empleado ha satisfecho la regla de 80, pero aún no ha alcanzado la edad mínima de jubilación. En un MRA de 57, al empleado le quedan seis años más hasta la elegibilidad de jubilación.

Suponiendo que este empleado quiere retirarse tan pronto como sean elegibles para hacerlo, Fers gana seis años más de contribuciones de jubilación y renuncia a seis años de pagos de anualidades al obligarlos a esperar hasta los 57 años.

La jubilación puede ser tentador a los 51 años. Un empleado puede decidir hacer algo diferente y aún tener suficiente tiempo para hacer una carrera real con él. La jubilación todavía es tentador a los 57 años, pero muchos empleados eligen viajar en el servicio federal hasta retirarse en algún momento de los 60 años.

La Administración del Seguro Social permite a los ciudadanos retirarse temprano a los 62 años, por lo que esta es una edad de jubilación popular entre los servidores públicos en todos los niveles del gobierno.

Otras circunstancias de jubilación

Fers tiene reglas establecidas para acomodar varios otros escenarios de jubilación:

  • Separación temprana: La jubilación anticipada es posible en el caso de la separación involuntaria y la separación que ocurre junto con la reducción o reorganización de la fuerza laboral federal.

Quien es elegible?

Edad 50 en adelante: Mínimo 20 años de servicio (10 menos de la "Regla de 80")

Debajo de los 50 años: 25 años de servicio.

  • Discapacidad: La agencia debe certificar que no puede acomodar la discapacidad en la posición actual.

Quien es elegible?

Un trabajador con al menos 18 meses de servicio y está deshabilitado en la medida en que no puede servir adecuadamente en su posición actual debido a lesiones o enfermedades.

Un empleado también puede retrasar o diferir los beneficios si deja de trabajar antes de que sean elegibles para la jubilación inmediata. Deben tener cinco años o más de servicio civil acreditable a los 62 años. Con al menos 10 años de servicio, pero menos de 30, los beneficios se reducen en un 5% para cada año menor de 62 años, a menos que hayan alcanzado los 20 años de servicio y se jubilen a los 60 años o más.

Beneficios inmediatos

Los empleados se vuelven elegibles para los beneficios dentro de los 30 días posteriores a su último día de empleo, dependiendo de sus años de servicio y sus edades. A los 62 años, un empleado debe tener al menos cinco años de servicio. Esto aumenta a 20 años de servicio a los 60 años.

Un empleado que ha alcanzado una edad mínima de jubilación tiene derecho a beneficios inmediatos después de 10 a 30 años de servicio. Una vez más, si tienen menos de 30 años en servicio, los beneficios se reducen en un 5% para cada año, tienen menos de 62 años, a menos que hayan alcanzado los 20 años de servicio y se jubilen a los 60 años o más.