Programa de re-entrenamiento alistado de la Fuerza Aérea
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- Guillermo Coronado
No es posible dar a todos los nuevos reclutas de la Fuerza Aérea el AFSC (Código de especialidad de la Fuerza Aérea, o el trabajo) que desean, incluso si están calificados. Cada trabajo de la Fuerza Aérea tiene un "Nivel de Manning" asignado, que se desglosa por rango. En otras palabras, la Fuerza Aérea determina constantemente cuántos primeros términos necesitan (aviador básico a través de un aviador senior), cuántos sargentos de personal necesita el trabajo, cuántos sargentos técnicos necesita el trabajo y cuántos sargentos maestros necesitan el trabajo necesidades del trabajo.
Si un individuo no consigue el trabajo que él o ella quiere, existe el programa de re-entrenamiento alistado de la Fuerza Aérea o explora el entrenamiento cruzado de la Fuerza Aérea. Pero primero, hay algunas cosas que entender sobre el proceso.
Revisión de los niveles de Manning
Al menos una vez al año, la Fuerza Aérea estudia los niveles de manejo de cada AFSC, y califica cada AFSC (por rango) como:
- "escasez", lo que significa que no hay suficientes personas que hacen ese trabajo en ese rango
- "promedio", lo que significa que el nivel de Manning para ese trabajo/rango es justo y
- "Exage", lo que significa que hay demasiadas personas en ese rango haciendo ese trabajo.
Si se proyecta que el nivel de Manning para los rangos de primer período (Airman Basic a Senior Airman) sea "escasez", emiten "requisitos" al Comando de Educación y Entrenamiento del Aire (AETC), que intenta asegurarse de que haya suficiente capacitación asientos, y luego emite "espacios" al servicio de reclutamiento de la Fuerza Aérea. Los requisitos laborales para las suboficiales (oficiales no comisionados en su segundo o posterior alistamiento) se liberan para una posible subraiga voluntaria e involuntaria de NCO.
Incluso si un trabajo de la Fuerza Aérea se enumera como un "trabajo de escasez crónica", eso no significa necesariamente que el trabajo estará abierto a un nuevo recluta, incluso si se califica. Factores tales como los asientos de entrenamiento disponibles entran en juego. O bien, el trabajo puede ser "escasez" en general (porque tiene una escasez de suboficiales) pero está adecuadamente tripulado cuando se trata de los rangos de primer término.
Además, algunos trabajos alistados de la Fuerza Aérea simplemente no están disponibles para los alistados de primer término. Un par de ejemplos serían la misma oportunidad, educación y capacitación, u Oficina de Investigaciones Especiales (OSI).
Los reclutadores de la Fuerza Aérea dirigen tradicionalmente estas preocupaciones informando a los solicitantes que no obtienen una de sus principales opciones de trabajo que es posible volver a capacitar después de unos años de servicio. Aquí es donde entra el programa de re-entrenamiento de la Fuerza Aérea.
Programa de entrenamiento y re-entrenamiento de la Fuerza Aérea
La regulación que gobierna el re-entrenamiento para el personal alistado de la Fuerza Aérea es la instrucción de la Fuerza Aérea 36-2626, Programa de re-entrenamiento.
El programa de re-entrenamiento alistado de la Fuerza Aérea se puede dividir en tres áreas principales:
- Revenimiento voluntario para aviadores de primer período que casi han completado su primer período de alistamiento, llamado Carreras (Sistema de reserva de reenvío de aviones de carrera)
- NCO re-entrenamiento (que se aplica a aquellos en su segundo y posterior período de alistamiento)
- Revenimiento descalificado del avión (que se aplica tanto a los primeros términos como a los de los alistamientos posteriores)
Volante de avión de primer término Voluntario
Un aviador de primer período (contrato de alistamiento de cuatro años) asignado a una base de CONUS (Continental Estados Unidos) es elegible para ser voluntario para volver a entrenar después de haber completado 35 meses (y no más de 43 meses) de servicio militar. Un alistado de seis años asignado a CONUS puede ser voluntario para volver a entrenar después de completar 59 meses de servicio militar.
Para los primeros términos asignados a las bases en el extranjero, pueden presentar su solicitud entre los meses noveno y decimoquinto antes de su DEROS (fecha elegible para regresar de la estación extranjera), siempre y cuando tengan al menos 35 meses (cuatro años de alistado) o 59 meses (seis años de servicio) de servicio en el momento en que salen de la estación de ultramar.
La única excepción a los requisitos anteriores es que los voluntarios se vuelvan a entrenar en los campos de carrera del controlador de pararescue y de combate. Dichas individuos pueden solicitar el re-entrenamiento después de 33 meses de servicio (alistado de cuatro años) o 57 meses de servicio (alistado de seis años). Esto permite tiempo para que el individuo complete el pasado pararescue (capacidad física y prueba de resistencia) o el controlador de combate pasado, así como los exámenes médicos requeridos para incluir como parte de su solicitud de rehabilitación.
Voluntario para volver a entrenar
Los solicitantes de re-entrenamiento deben cumplir con los estándares de calificación para el AFSC en el que desean volver a entrenar (Batería de aptitud vocacional de Arrmed o puntaje ASVAB, perfil médico, autorización de seguridad y otras calificaciones). Los solicitantes que no cumplan con los requisitos de puntaje de ASVAB pueden tomar la prueba de clasificación de las Fuerzas Armadas (que es la misma prueba que el ASVAB, justo bajo un nombre diferente) para tratar de lograr un puntaje de calificación.
Para ser voluntario para el re-entrenamiento, los solicitantes deben ser elegibles y recomendados por su comandante para el reenganche. Además, si su EPR más reciente (Informe de rendimiento alistado) tiene una calificación inferior a tres, no son elegibles para el re-entrenamiento voluntario. Si el informe es una referencia (lo que significa que contiene ciertas declaraciones despectivas), el individuo no es elegible. Finalmente, los comandantes deben firmar la siguiente declaración en la aplicación de re-entrenamiento del individuo: "La actitud, el comportamiento y el registro del individuo indican una probabilidad de éxito para volver a capacitar. No hay factores de calidad que impidan a este individuo de volver a capacitar."
Como regla general, las personas que han recibido un bono de alistamiento por su AFSC no pueden volver a entrenar hasta que hayan cumplido todo el período de alistamiento por el cual se basó su bonificación de alistamiento. Si se están volviendo a entrenar en un AFSC que tiene un bono de reinscripción, esto se puede renunciar, pero cualquier parte "no ganada" del bono de alistamiento se deducirá de cualquier bono de reinscripción recibido para el nuevo AFSC.
Reservas de trabajo profesional
Los aviadores de primer término que deseen volver a alquilarse pueden no tener otra opción, aparte de ser voluntarios para volver a entrenar. Los primeros términos que sirven en trabajos que se proyectan que tienen "excedente" deben solicitar una reserva de trabajo profesional (CJR). Esto significa que la Fuerza Aérea va a controlar estrictamente el número de primeros términos permitidos para volver a alistarse en este trabajo. Las personas presentan una solicitud de un CJR y esperan que su nombre llegue a la parte superior de la lista antes de su fecha de alta. Si su CJR no aparece, y no han solicitado un reingreso al menos 120 días antes de la separación, se verán obligados a separarse. Solicitar el re-entrenamiento no cancela una solicitud CJR. Entonces, si un aviador solicita un CJR en su campo de carrera original y solicita un re-entrenamiento, puede cancelar su solicitud de re-entrenamiento si recibe una ranura de reinscripción en su trabajo original.
Programa de re-entrenamiento de NCO
El Programa anual de re-entrenamiento de NCO (NCORP) está diseñado para mover NCO de AFSC con excedentes significativos a AFSC con escasez de NCO. Este programa consta de tres fases, las dos primeras de las cuales son voluntarias y la tercera son involuntarias.
Fase I
Una vez al año, la Fuerza Aérea envía un anuncio general que enumera las AFSC con excedentes y escasez significativos. El objetivo es obtener tantos voluntarios que soliciten para llenar los requisitos de la Fuerza Aérea. Nadie está específicamente dirigido a este anuncio, es solo una solicitud general para que los voluntarios vuelvan a entrenar de las especialidades que se muestran como "excedentes" en especialidades que se muestran como "escasez."Puede ver la lista actual de excedentes y escasez visitando la página de re-entrenamiento de la Fuerza Aérea.
Fase II
Si no se reciben solicitudes suficientes durante la Fase I, la Fuerza Aérea implementa la Fase II. Esta fase es una fase voluntaria; Sin embargo, todos los aviadores elegibles que son vulnerables al re-entrenamiento involuntario son notificados formalmente y se alienta a aplicar. Si no se reciben suficientes voluntarios, el individuo puede ser seleccionado para el re-entrenamiento involuntario y no podrá elegir su nuevo AFSC.
En cualquier caso (Fase I o II), los solicitantes de re-entrenamiento deben comprender que solicitar una habilidad de escasez de la Fuerza Aérea no significa aprobación automática. Si las aplicaciones de volver a capacitar exceden el número de cuotas de re-entrenamiento, la Fuerza Aérea desaprobará la aplicación.
Fase III
Si no se cumplen los objetivos de re-entrenamiento para el año fiscal a través de las fases voluntarias, la Fuerza Aérea implementará el re-entrenamiento selectivo. Los aviadores que poseen una AFSC secundaria o adicional en una habilidad de escasez se devuelven a esas habilidades si lo mejor para la Fuerza Aérea. Si aún se producen desequilibrios de habilidades, el personal aéreo dirigirá el re-entrenamiento involuntario en la escasez de AFSC seleccionada.
Si los individuos son seleccionados para el re-entrenamiento involuntario, y se niegan a obtener la retenabilidad del servicio necesaria para volver a entrenar, se proyectan para el alta.
Virero descalificado re-entrenamiento
El personal alistado de la Fuerza Aérea que está descalificado de su AFSC actual, o descalificado durante un programa de capacitación se colocan en una o dos categorías: descalificado por causa o descalificado por razones más allá de su control.
Descalificado por causa
Los aviadores se clasifican como descalificados por la causa cuando ya no cumplen con los requisitos para ninguno de sus AFSC otorgados, y la base para retirar el AFSC es para condiciones o acciones sobre las cuales el aviador tenía control. Ejemplos de descalificación por causa incluyen la pérdida de la autorización de seguridad debido a la mala conducta, la participación de drogas o el alcohol, el fracaso para el progreso en la capacitación, el rendimiento de los impuestos de calidad inferior u otros actos que conducen a la retirada de la AFSC o al fracaso escolar de la capacitación.
Para aquellos en el estado de capacitación, el comandante del Escuadrón de Capacitación Técnica recomienda separación o acción administrativa para los aviadores eliminados por razones dentro de su control. Los re-capitanes que son eliminados de la capacitación por mala conducta no se consideran para re-entrenamiento. En tales casos, el comandante devuelve al aviador a la organización para la acción o procesos de acción de alta.
Si se seleccionan para volver a entrenar, los aviadores se vuelven a entrenar en un AFSC para el que (1) están calificados, (2) tienen una fecha de clasificación de clases disponible dentro de los 120 días y (3) tienen una longitud del curso ya no que ocho semanas (40 días académicos).
Descalificado no por causa
Los aviadores se clasifican como descalificados no por la causa que ya no cumplen con las calificaciones especializadas para ninguno de sus AFSC otorgados, y la base para retirar AFSC es para condiciones o acciones sobre las cuales el aviador no tenía control. Los ejemplos incluyen afecciones médicas como pérdida de audición, exposición a químicos tóxicos, lesiones que dan como resultado una retirada de AFSC o un fracaso para progresar en la capacitación por razones más allá del control del aviador.
Los aviadores descalificaron no por causa pueden solicitar la separación bajo razones diversas en lugar de re-entrenamiento.
Los aviadores deben solicitar AFSC para los cuales cumplen con todos los requisitos y tienen una clase que comienza dentro de los 120 días. Se alienta a los aviadores a enumerar, como mínimo, tres opciones de AFSC. Si la Fuerza Aérea no puede aprobar las opciones, la Fuerza Aérea proporcionará un re-entrenamiento AFSC en función de los requisitos de la Fuerza Aérea y las calificaciones del individuo.
Los aviadores entre los 24 y 38 meses de servicio para un alistado de cuatro años (48 y 62 para un alistado de seis años) se aplicarán utilizando su opción de carreras, siempre que el aviador se recomiende para la reinscripción.