Artículo II del Código de Conducta Militar de los Estados Unidos
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- Mónica Vigil
Hay seis artículos breves y fáciles de recordar del Código de Conducta. De hecho, la primera semana de entrenamiento básico de cualquier miembro militar requerirá recordar los seis artículos del Código de Conducta y recitarlos literalmente a un instructor en un entorno estresante. Si está considerando unirse al ejército, lea estos y póngalos en memoria mientras crecerá de ellos en un miembro estadounidense de las Fuerzas Armadas. Específicamente, el artículo II es el siguiente:
Nunca me rendiré por mi propia voluntad. Si está al mando, nunca entregaré a los miembros de mi comando mientras todavía tienen los medios para resistir.
Lo que esto significa es que los miembros de las fuerzas armadas nunca se rinden voluntariamente. Incluso cuando se aislan y ya no puede infligir víctimas al enemigo o defenderse de otra manera, es su deber evadir la captura y unirse a la fuerza amigable más cercana.
La rendición es el acto intencional de los miembros de las fuerzas armadas que se vuelven a las fuerzas enemigas cuando no lo requieren la mayor necesidad o extremidad. La rendición siempre es deshonible y nunca se le permite. Cuando no hay posibilidades de resistencia significativa, la evasión es imposible, y los combates más conducirían a su muerte sin una pérdida significativa para el enemigo, los miembros de las fuerzas armadas deberían verse a sí mismos como "capturados" contra su voluntad versus una circunstancia que se considera como voluntariamente "rendición."
Deben recordar que la captura fue dictada por la inutilidad de la situación y las abrumadoras fortalezas enemigas. En este caso, la captura no es deshonible. La responsabilidad y la autoridad de un comandante nunca se extienden a la rendición del mando, incluso si aislan, cortan o rodean, mientras que la unidad tiene un poder razonable para resistir, romper o evadir para unirse a las fuerzas amigables. Esto es lo que el personal militar necesita saber, específicamente, los miembros del servicio deberían:
- Comprender que cuando se cortan, derriban o se aislan en un territorio controlado enemigos, deben hacer todo lo posible para evitar capturar. Los cursos de acción disponibles incluyen el ocultamiento hasta que se recuperan por fuerzas de rescate amigables, viajes evasivos a un territorio amigable o neutral, y viajes evasivos a otras áreas prefrentadas.
- Comprender que la captura no constituye un acto deshonrosa si el miembro del servicio ha agotado todos los medios razonables para evitarlo y la única alternativa es la muerte o lesiones corporales graves.
- Comprenda y confíe en su capacidad para mantenerse con vida utilizando habilidades de supervivencia mientras evade, los procedimientos y técnicas de rescate por parte de las fuerzas de búsqueda y recuperación, y los procedimientos para utilizar adecuadamente los destinos de evasión especificados.
Disposiciones especiales para personal médico y capellanes
Sin flexibilidad adicional. Sin embargo, el personal médico y los capellanes están sujetos a captura legal. Solo pueden recurrir a las armas en defensa propia o en defensa de los heridos y enfermos en su cargo cuando se atacan en violación de la Convención de Ginebra. Deben abstenerse de toda acción agresiva y pueden no usar la fuerza para evitar su captura o la de su unidad por el enemigo. Es, por otro lado, perfectamente legítimo que una unidad médica se retire ante el enemigo.
Los articulos
- Artículo I-Soy un estadounidense, que lucha en las fuerzas que protegen a mi país y nuestra forma de vida. Estoy preparado para dar mi vida en su defensa.
- Artículo II-Nunca me rendiré de mi propio libre albedrío. Si está al mando, nunca entregaré a los miembros de mi comando mientras todavía tienen los medios para resistir.
- Artículo III-Si soy capturado, continuaré resistiéndome por todos los medios disponibles. Haré todo lo posible para escapar y ayudar a otros a escapar. No aceptaré la libertad condicional ni los favores especiales del enemigo.
- Artículo IV: si me convierto en prisionero de guerra, mantendré la fe con mis compañeros prisioneros. No daré información ni participaré en ninguna acción que pueda ser perjudicial para mis camaradas. Si soy senior, tomaré el mando. Si no, obedeceré las órdenes legales de los designados sobre mí y las respaldaré en todos los sentidos.
- Artículo V-Cuando se le preguntó, si me convertiré en prisionero de guerra, debo dar el nombre, el rango, el número de servicio y la fecha de nacimiento. Evadiré respondiendo más preguntas al máximo de mi habilidad. No haré declaraciones orales o escritas desleales a mi país y sus aliados o perjudiciales para su causa.
- Artículo VI-Nunca olvidaré que soy estadounidense, lucha por la libertad, responsable de mis acciones y dedicado a los principios que hicieron que mi país fuera libre. Confiaré en mi Dios y en los Estados Unidos de América.
Para obtener una descripción completa de todos los artículos del Código de Conducta, consulte los enlaces anteriores.
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