Antecedentes penales exenciones militares
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- Amalia Camarillo
Mucho antes de firmar en la línea punteada para unirse al ejército, habrá una verificación de antecedentes para ver si un recluta ha creado algún delito. Los delitos como múltiples citas de tráfico a delitos menores como menores, e incluso los delitos graves como adultos serán descubiertos por su reclutador durante la primera fase del proceso de reclutamiento. Esto esta hecho:
a. Para evitar el alistamiento de personas cuyos hábitos sociales, como robo, incendio provocado, resistencia a la autoridad, etc., son una amenaza para la moral y la cohesión de la unidad.
b. Para seleccionar a las personas que probablemente se convertirían en serios problemas disciplinarios en el Cuerpo de la Marina y Marines, y que en consecuencia desviarían los recursos del desempeño de las misiones militares.
C. Para asegurarse de que los alistados y sus padres, el alistado no sea arrojado a una estrecha asociación con delincuentes.
Los solicitantes sin condenas penales, multas o períodos de restricción son moralmente elegibles para el alistamiento. Sin embargo, la divulgación voluntaria, o el descubrimiento de reclutadores, de cualquier forma de participación policial/penal por parte de un solicitante puede requerir una renuncia a la descalificación moral.
Es importante tener en cuenta aquí que la ley federal requiere que los solicitantes divulguen todoHistoria penal sobre solicitudes de reclutamiento, incluidos registros eliminados, sellados o juveniles. Además, en la mayoría de los estados, dichos registros son accesibles para los investigadores militares, independientemente de lo que haya escuchado al contrario.
La entrevista del reclutador
El proceso comienza con una entrevista con el reclutador, preguntando al solicitante sobre cualquier registro de arresto, cargos, adjudicaciones de la corte juvenil, violaciones de tráfico, períodos de libertad condicional, desestimados o pendientes de cargos o condenas, incluidos los que han sido superados o sellados. Proporcionar información falsa o retener la información requerida es un delito federal, y las personas pueden ser juzgadas por un tribunal federal, civil o militar.
Si el solicitante admite un delito o el reclutador tiene motivos para creer que el solicitante está ocultando un delito, o se indica un registro durante el cheque de la Agencia Nacional de Ingreso (ENAC), entonces el reclutador solicitará un historial penal completo de las agencias de la ley locales. Se pueden renunciar a algunos delitos y otros no pueden. Diferentes delitos requieren la aprobación de la exención en diferentes niveles en la cadena de mando de reclutamiento. Los delitos más graves requerirán una mayor aprobación de nivel y, en general, más trabajo por parte de su reclutador. En algunos casos, el reclutador puede decirle que no puede unirse en el lugar. Encontrar un reclutador que esté dispuesto a trabajar con usted puede ser difícil, pero si realmente quiere servir, encontrará una manera y se mantendrá persistente buscando el reclutador correcto.
En general, se requieren exenciones para:
- Cinco a nueve delitos menores de tráfico
- Dos a cinco delitos de tráfico más graves
- Dos o más delitos menores de clase 1 no trampados menores
- Dos a nueve delitos menores de Clase 2 Menores no trampados
- Dos o cinco delitos graves
- Un delito grave
Individuos con diez o más delitos de tráfico menores, seis o más delitos de tráfico graves, diez o más delitos menores de Clase 2 Menores, seis o más delitos sin trampas graves, o más de un delito grave no son elegibles para una exención.
Definiciones y pautas generales
Juvenil: Si un recluta tiene una determinación por parte de un juez o jurado en los procedimientos de la corte juvenil de que el menor es culpable de delitos, a los efectos de una exención, el procesamiento se basará en la gravedad del delito específico por el cual un solicitante fue adjudicado. La gravedad del delito estará determinada por la lista de guías uniformes para delitos típicos, arriba o por las notas contenidas en el mismo si el delito no está listado específicamente por nombre. Una vez que la solicitud de una exención moral está en el nivel de decisión adecuado, factores como la edad del solicitante en el momento del delito, la sentencia real impuesta por el tribunal, etc., será considerado.
Servicio comunitario: Los solicitantes que han sido dirigidos por la autoridad judicial para realizar el servicio comunitario no son elegibles para el alistamiento hasta que se haya completado dicho servicio y se haya otorgado la exención apropiada.
Convicción: yof Determinado "culpable" por un juez o jurado, ya sea reducido por conveniencia o no, como en "la referencia", o la declaración de una declaración reducida o menor se eximirá en el nivel apropiado para las cargas originales si es elegible para la exención.
Expunción: Algunos estados han establecido procedimientos para la posterior "eliminación del registro", "desestimación de cargos" o "perdón" ante la evidencia de rehabilitación del delincuente. Dicha acción tiene el efecto legal de extinguir la "condena" o "adjudicación juvenil adversa" inicial para que, según la ley estatal, el solicitante no tenga registro de condena o adjudicación de juvenil adversa. A pesar de esta acción, el registro debe revelarse y se requiere una renuncia a la (s) descalificación (s) del solicitante en el nivel de decisión de alistamiento adecuado.
Nolle Prosequi: "Nolle Prosequi" es una declaración de que el demandante en un caso civil, o el fiscal en un caso penal, dejará el enjuiciamiento de todos, o parte de una demanda o acusación. Nolle Prosequi "es un procedimiento judicial no resuelto. No se considera una forma de restricción y no es necesariamente una barra para el alistamiento. Sin embargo, se considera una condena para fines de alistamiento y se requiere una exención.
Libertad condicional: La suspensión de una sentencia de un individuo condenado pero aún no encarcelado por esa condena, bajo condición de buen comportamiento e informes regulares a (bajo la supervisión de) un oficial de libertad condicional u otro agente designado por el tribunal. Los términos legales regionales sinónimo de "libertad condicional" se tratarán exactamente a medida que se usa la libertad condicional en esta página de información.
Restricción: La "moderación" incluye la suspensión de una oración (para incluir oraciones suspendidas incondicionalmente), confinamiento o encarcelamiento en cualquier institución, libertad condicional (para incluir libertad condicional incondicional no supervisada) o libertad condicional.
Registros juveniles sellados: Varios estados tienen disposiciones para "sellado de registros juveniles" que sirven para limitar las revelaciones por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y las autoridades judiciales. A pesar del efecto legal de dicha acción, el solicitante debe revelar el registro, y se debe otorgar una exención moral para autorizar el alistamiento en estos casos.
Oración suspendida incondicional y libertad condicional incondicional sin supervisión
Una sentencia suspendida incondicional y una libertad condicional incondicional no supervisada se consideran una sentencia y libertad condicional suspendida impuesta por un tribunal. Los solicitantes actualmente bajo estas formas de restricción no son elegibles para el alistamiento hasta que se haya cumplido el plazo de la oración o la libertad condicional.
Alistamiento como alternativa al enjuiciamiento
Los solicitantes no pueden alistarse como una alternativa al enjuiciamiento penal, la acusación, el encarcelamiento, la libertad condicional, la libertad condicional u otras sentencias punitivas. No son elegibles para el alistamiento hasta que la oración asignada originalmente se hubiera completado.
Requisitos especiales para el abuso de sustancias
No tomes drogas! No se considerará ninguna exención relacionada con las drogas sin una copia completa y completa del formulario de detección de abuso de drogas. No se otorgarán exenciones a los solicitantes de servicio no priores que:
a. Tener antecedentes de dependencia o adicción de drogas o alcohol, o
b. Tener una condena en la corte por cualquier delito de drogas (excepto la simple posesión de cannabis [30 gramos o menos], y esteroides), o
C. Admitir la trata de marihuana u otras drogas ilegales.
(Nota: el "tráfico" en drogas se considerará la venta sin licencia o el comercio de drogas con fines de lucro.)
d. Los solicitantes que han sido descalificados para dar positivo en el DAT en MEPS.
Los solicitantes de servicio anteriores que hayan recibido un castigo no judicial en la corte marcial (NJP), o el alta como resultado del uso de drogas o delito relacionado con las drogas (para incluir el análisis de orina positivo) no son elegibles para el alistamiento/ reinscripción. No se autoriza ninguna exención. Los solicitantes que han recibido una separación de nivel de entrada como resultado del uso de drogas o delito relacionado con los medicamentos (para incluir el análisis de orina positivo) requieren una espera obligatoria de 2 años. No se autoriza ninguna exención.
Las condenas por posesión de parafernalia de drogas serán tratadas, con el propósito de una exención de alistamiento, como si fueran condenas por posesión del medicamento real asociado con la pieza particular de parafernalia.
El oficial al mando de la estación de reclutamiento puede renunciar al uso ilegal de medicamentos recetados antes del alistamiento en el DEP cuando un solicitante ha sido administrado un medicamento recetado con fines médicos por un padre o una persona que actúa en calidad de "loco parentis" cuando ese medicamento no se ha prescrito para el solicitante. Los ejemplos incluyen, entre otros, Valium y Tylenol III. Todo el uso ilegal de medicamentos recetados requiere una exención del comandante del distrito.
Cada autoridad de decisión (e.gramo., el reclutador; Ncoic; La estación de reclutamiento de CO; el CO, Distrito de reclutamiento; o la región de reclutamiento de CG) puede considerar el alcance de la participación de medicamentos previos al servicio de un solicitante para ser excesivo y optar por respaldar desfavorablemente la solicitud de exención del solicitante, terminando así, el procesamiento.
No revelar
Un solicitante puede ser dado de alta por no revelar el uso o el abuso de drogas ilegales o recetadas, para incluir condenas resultantes de ese uso o abuso. El reclutador informará al solicitante de las ramificaciones graves que podrían resultar de la falta de divulgación.
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