Reservas militares Autoridad de llamadas federales
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La política de fuerza total del Departamento de Defensa reconoce que activo y reserva u.S. Las fuerzas militares deben estar disponibles para apoyar las operaciones militares.
Las fuerzas de reserva, una vez consideradas como fuerzas del último recurso, ahora se reconocen como indispensables para la defensa de la nación desde los primeros días de un conflicto. Además, el apoyo de paz en tiempo de paz de las reservas a las fuerzas activas ha adquirido una mayor importancia en áreas como misiones de mantenimiento de la paz, operaciones de fármacos, ayuda para desastres y apoyo al ejercicio.
¿Cuáles son las reservas militares?
Los siete componentes de la reserva son la Reserva del Ejército, la Guardia Nacional del Ejército, la Reserva de la Fuerza Aérea, la Guardia Nacional Aérea, la Reserva Naval, la Reserva del Cuerpo de Marines y la Reserva de la Guardia Costera.
El gobernador de cada estado puede llamar a las unidades de la Guardia Nacional del Ejército y Aire del estado al servicio activo para ayudar a responder a emergencias y desastres nacionales, como los causados por huracanes, inundaciones y terremotos.
Si se necesita ayuda adicional, un gobernador puede solicitar asistencia federal a través de la Agencia Federal de Manejo de Emergencias (FEMA). Con una declaración presidencial de desastre, la asistencia federal de FEMA puede incluir apoyo militar adicional del Departamento de Defensa (DOD). Esto se aplica tanto a las fuerzas de servicio activo como a la reserva.
Tipo de activación / movilizaciones
Los siguientes son los tipos de uso autorizado de las fuerzas de reserva y la Guardia Nacional:
Activación involuntaria - El presidente, el Congreso y el Secretario de Defensa pueden llamar a los reservistas. La diferencia es el tiempo que se les permite recordar activamente. El presidente y el Congreso pueden llamar a los reservistas por períodos prolongados de tiempo. El SECDEF puede llamar a los reservistas por no más de 15 días. La Guardia Costera puede ser retirada del mercado por más largos períodos de tiempo por el Secdef pero aún limitado en comparación con el Presidente o el Congreso.
Movilización completa - En tiempos de guerra o emergencia nacional y en realidad es declarada por el Congreso, todas las unidades de reserva son elegibles para la activación involuntaria. No hay límite de tiempo o más hasta seis meses después de que termine la guerra.
Movilización parcial - En tiempos de guerra o emergencia nacional, el presidente puede llamar a un millón de reservistas por hasta dos años de tiempo de servicio activo.
Autoridad de llamada de reserva presidencial - El presidente puede llamar a 200,000 reservistas e incluso 30,000 miembros de la reserva individual lista (TIR). Esta acción puede mantener a los miembros en servicio activo por hasta un año.
Fuerzas armadas en respuesta a desastres - Un gobernador estatal puede presentar una solicitud de apoyo en emergencia o desastre mayor. El Secretario de Defensa también puede llamar involuntariamente a cualquier unidades de reserva (e individuos) para ayudar con una emergencia o desastre doméstico por hasta 120 días.
Autoridad de acceso asegurada - Los secretarios del ejército, la marina, la Fuerza Aérea, la Marina y la Guardia Costera pueden llamar involuntariamente a 60,000 unidades de reserva (no individuos) hasta un año cuando no durante los tiempos de guerra o emergencia nacional para misiones especiales en apoyo de un comando de combatiente de servicio activo.
Activación voluntaria - Por supuesto, los reservistas pueden ser voluntarios para servicio activo. Muchos se aumentan individualmente en unidades de servicio activo de esta manera cuando es necesario.
Llamar a las reservas militares
En tiempo de guerra o emergencia nacional declarada por el Congreso, toda la membresía de todos los componentes de reserva o cualquier número menor puede ser llamado al servicio activo durante la guerra o la emergencia nacional, más seis meses.
Aunque este estatuto normalmente se considera la autoridad de llamadas para responder a una gran amenaza para la seguridad nacional, el DOD declaró que podría usarse para activar reservistas para una emergencia nacional.
Reservas militares en emergencias nacionales
En tiempo de emergencia nacional declarada por el presidente, se pueden llamar hasta 1 millón de miembros de la reserva lista para el servicio activo durante no más de 24 meses consecutivos. Similar a la autoridad anterior, el DOD declaró que este estatuto también podría proporcionar acceso a los reservistas para una emergencia nacional.
Cuando el presidente determina que es necesario aumentar las fuerzas activas para cualquier misión operativa, hasta 200,000 miembros de la reserva seleccionada pueden ser llamados al servicio activo por no más de 270 días.
Esta disposición también establece que no se puede ordenar a ninguna unidad o miembro a la servicio activo bajo esta autoridad para brindar asistencia al gobierno federal o a un estado en el tiempo de un desastre, accidente o catástrofe naturales o hechos por el hombre. Por lo tanto, esta autoridad no puede usarse para acceder a los reservistas para emergencias nacionales.
Poner reservistas militares en servicio activo
Un secretario de servicio puede ordenar a cualquier reservista que se aplique hasta 15 días cada año. Esta autoridad tradicionalmente ha sido vista como la autoridad que permite que los servicios impongan el requisito de capacitación anual de 2 semanas de los reservistas. Esta autoridad podría usarse para las misiones operativas, así como el servicio activo anual para la capacitación
Además de la activación involuntaria de reservistas en las condiciones anteriores, 10 u.S.C. 12301 (d) establece una llamada de reservistas que se ofrecen como voluntarios para el servicio activo. El número de reservistas voluntarios llamados al servicio activo y el tiempo que pueden mantenerse en servicio activo generalmente depende de la disponibilidad de fondos y las autorizaciones de fuerza final para la fuerza activa.
Guardia Costera y servicio activo
Existe una autoridad legal separada que permite la convocatoria involuntaria de los reservistas de la Guardia Costera durante las emergencias nacionales. Se puede requerir que cada reservista listo para la Guardia Costera cumpla hasta 30 días en cualquier período de cuatro meses y hasta 60 días en cualquier período de dos años.
Para obtener más información sobre los derechos de los reservistas y la Guardia Nacional, consulte los derechos de empleo de acuerdo con el Departamento de Justicia.
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