Castigo no judicial (artículo 15)

Castigo no judicial (artículo 15)

Castigo no judicial (NJP) se refiere a ciertos castigos limitados que pueden ser otorgados por delitos disciplinarios menores por un oficial o oficial comandante a cargo de los miembros de su mando.

En la Marina y la Guardia Costera, los procedimientos de castigo no judicial se conocen como "mástil del capitán" o simplemente "mástil"."En el Cuerpo de Marines, el proceso se llama" Horas de oficina ", y en el Ejército y la Fuerza Aérea, se conoce como" Artículo 15."Artículo 15, del Código Uniforme de Justicia Militar, (UCMJ), y la Parte V del Manual para los Tribunales Marciales constituyen la Ley Básica con respecto a los procedimientos de castigo no judicial.

La protección legal que ofrece a un individuo sujeto a los procedimientos de NJP es mucho más completa que el caso de las medidas no pronunciadas, pero, por diseño, es menos extenso que para los tribunales marciales.

NJP en el ejército, la Armada de la Fuerza Aérea y el Cuerpo de Marines

En el Ejército y la Fuerza Aérea, un oficial no judicial solo puede ser impuesto por un oficial al mando. Eso significa un oficial que está en órdenes reales, designándolas como un "comandante."En la Marina y el Cuerpo de Marines, un" oficial puede imponer castigo no judicial."El término" oficial a cargo "no significa un" OIC ", como un" título de trabajo ", sino más bien un oficial específico donde el oficial de la bandera que posee la autoridad general de la corte marcial designa a la oficina como el" oficial a cargo."

Procedimientos NJP

"Mast", "Artículo 15 y" Horario de oficina "son procedimientos por los cuales el Oficial o Oficial de Comandante a cargo puede:

  • Hacer una investigación sobre los hechos que rodean los delitos menores supuestamente cometidos por un miembro de su comando;
  • Proporcionar al acusado una audiencia sobre tales delitos; y
  • Deseche dichos cargos desestimando los cargos, imponiendo castigo bajo las disposiciones del arte. 15, UCMJ, o referir el caso a un tribunal marcial.

¿Qué no son los procedimientos de NJP?

"Mast", "Artículo 15 y" Horas de oficina "no son:

  • No son un juicio, como implica el término "no judicial";
  • una condena; y
  • una absolución si se hace una determinación para no imponer castigo.

Delitos castigados con el artículo 15

Para iniciar la acción del artículo 15, un comandante debe tener razones para creer que un miembro de su comando cometió un delito bajo el UCMJ. El artículo 15 otorga a un oficial al mando de poder para castigar a las personas por delitos menores. El término delito menor "ha sido la causa de cierta preocupación en la administración de NJP. Artículo 15, UCMJ, y Parte V, párr. 1e, MCM (1998 ed.), indique que el término "delito menor" significa mala conducta normalmente no más grave que la generalmente manejada en la corte resumida marcial (donde el castigo máximo es de treinta días de confinamiento).

Estas fuentes también indican que la naturaleza del delito y las circunstancias que rodean su comisión también son factores que deben considerarse para determinar si un delito es de naturaleza menor. El término "delito menor" normalmente no incluye mala conducta que, si lo demuestra el tribunal general marcial, podría ser castigado por una descarga o confinamiento deshonrosa durante más de un año. Los servicios militares, sin embargo, han tomado la posición de que la determinación final de si un delito es "menor" está a discreción del Oficial Comandante.

La naturaleza del delito

El Manual para Tribunal-Martial, Edición de 1998, también indica en la Parte V, párr. 1e, que, al determinar si un delito es menor, se debe considerar la "naturaleza del delito". Es una declaración significativa y, a menudo, se entiende mal que se refiere a la gravedad o la gravedad del delito. Sin embargo, la gravedad se refiere al máximo castigo posible y es objeto de una discusión separada en ese párrafo. En contexto, la naturaleza del delito se refiere a su carácter, no a su gravedad.

Los 2 tipos de mala conducta

En el derecho penal militar, hay dos tipos básicos de infracciones y crímenes disciplinarios de mala conducta.

Las infracciones disciplinarias son violaciones de estándares que rigen el funcionamiento de rutina de la sociedad. Por lo tanto, las leyes de tráfico, los requisitos de la licencia, la desobediencia de las órdenes militares, la falta de respeto a los superiores militares, etc., son infracciones disciplinarias. Los crímenes, por otro lado, involucran delitos de común e históricamente reconocidos como particularmente malvados (como robo, violación, asesinato, asalto agravado, hurto, etc.).

Ambos tipos de delitos implican una falta de autodisciplina, pero los delitos implican una ausencia particularmente grave de autodisciplina que equivale a una deficiencia moral. Son el producto de una mente particularmente irrespetuoso con los buenos estándares morales.

Más variación en casos de infracción disciplinaria

En la mayoría de los casos, los actos penales no son delitos menores y, por lo general, el castigo máximo imponible es excelente.

Sin embargo, los delitos disciplinarios son graves o menores dependiendo de las circunstancias y, por lo tanto, mientras que algunos delitos disciplinarios tienen sanciones máximas severas, la ley reconoce que el impacto de algunos de estos delitos en la disciplina será ligero. Por lo tanto, se elige cuidadosamente el término "castigo disciplinario" utilizado en el manual para los tribunales marciales, la edición de 1998.

Cómo se usan las circunstancias circundantes

Las circunstancias que rodean la comisión de una infracción disciplinaria son importantes para la determinación de si tal infracción es menor. Por ejemplo, la desobediencia intencional de una orden de llevar municiones a una unidad dedicada al combate puede tener consecuencias fatales para aquellos que se dedican a la lucha y, por lo tanto, es un asunto serio. La desobediencia intencional de una orden de informar a la barbería puede tener mucho menos impacto en la disciplina. El delito debe proporcionar ambos extremos, y lo hace debido a un alto límite de castigo máximo.

Al tratar con infracciones disciplinarias, el comandante debe ser libre de considerar el impacto de las circunstancias, ya que se lo considera el mejor juez de ello; Mientras que, al deshacerse de los delitos, la sociedad en general tiene un interés coextensivo con el del comandante, y los acusados ​​criminales reciben salvaguardas más extensas. Por lo tanto, la discreción del comandante al deshacerse de las infracciones disciplinarias es mucho mayor que su latitud al tratar con crímenes.

La imposición de NJP no impide, en todos los casos, un tribunal posterior por el mismo delito. Ver Parte V, párr. 1e, MCM (1998 ed.) y página 4-34. Además, el artículo 43, del UCMJ, prohíbe la imposición de NJP más de dos años después de la comisión del delito.

Casos previamente juzgados en tribunales civiles

Las regulaciones militares permiten que el uso de NJP castigue a un acusado por un delito por el cual ha sido juzgado por un tribunal civil nacional o extranjero, o cuyo caso ha sido desviado del proceso penal regular por un período de prueba, o cuyo caso ha sido Adjudicado por las autoridades del Tribunal de Juveniles, si la autoridad se obtiene del oficial que ejerce la jurisdicción de la Corte General Marcial (en la Fuerza Aérea, el Secretario de la Fuerza Aérea solo puede otorgar dicho permiso).

NJP no puede imponerse por una Ley juzgada por un tribunal que deriva su autoridad de los Estados Unidos, como un tribunal de distrito federal.

Claramente, los casos en los que el tribunal no se ha llevado a cabo un hallazgo de culpa o inocencia en un juicio en un juicio marcial. Sin embargo, el último punto en el que los casos pueden retirarse de la corte marcial antes de las conclusiones con miras hacia NJP actualmente no está claro.

Ofensas fuera de base

Los oficiales y oficiales al mando a cargo pueden deshacerse de infracciones disciplinarias menores (que ocurren en o fuera de base) en NJP. A menos que el delito fuera de la base sea uno adjudicado previamente por las autoridades civiles, no hay límite en la autoridad de las autoridades militares para resolver tales delitos en NJP.

Más sobre el artículo 15

  • Derechos de castigo no judicial
  • Apelaciones de castigo no judicial

Información derivada de Manual de justicia militar y derecho civil